PERMISO POR MATRIMONIO
2 participantes
PERMISO POR MATRIMONIO
Cuando se puede disfrutar el permiso reglamentario por matrimonio, evidentemente primero te casas por el juzgado/ayuntamiento y luego haces la celebración, esto no coincide en el tiempo, pero lo normal es que el permiso lo solicites después de la celebración, esto es así? o tiene que ir seguido a la firma legal?
DUE- Cantidad de envíos : 9
Fecha de inscripción : 28/10/2008
Re: PERMISO POR MATRIMONIO
Lo normal es disfrutar del permiso reglamentario a partir del hecho causante,es decir,el matrimonio.(Este seria el primer dia del permiso).
Un saludo.
Julián.
Un saludo.
Julián.
juli- Invitado
permiso por boda
lo que marca la ley, es desde el dia que causa el hecho, si te casas por lo civil es el dia que vas al juzgado,ayuntamiento etc y si te casas por la iglesia la fecha es la de la ceremonia, si no fuese asi, imaginate la empresa te fijaria los dia de permiso reglamentarios.
Re: PERMISO POR MATRIMONIO
Si pero tampoco es lógico que firmes en juzgado y por circunstancias, la celebración sea 1 mes después, y sin embargo te vayas de viaje de novios antes de la celebración, no? esto es negociable?
DUE- Cantidad de envíos : 9
Fecha de inscripción : 28/10/2008
Re: PERMISO POR MATRIMONIO
Hola compañer@.Todo o casi todo es negociable.
Lo que te marca el convenio colectivo en vigor en nuestro hospital es:
-Se comienza a contar desde el dia del hecho causante,si fuese laborable,en otro caso desde el inmediato laborable(esto es para jornadas de lunes a viernes).Se computarán los festivos o libranzas comprendidas dentro del periodo.(de los 15 dias)
-Al personal de noche en turnos alternos,se concederan 8 jornadas de trabajo,computandose para ello un festivo o libre.
Un saludo.
Julián.
Lo que te marca el convenio colectivo en vigor en nuestro hospital es:
-Se comienza a contar desde el dia del hecho causante,si fuese laborable,en otro caso desde el inmediato laborable(esto es para jornadas de lunes a viernes).Se computarán los festivos o libranzas comprendidas dentro del periodo.(de los 15 dias)
-Al personal de noche en turnos alternos,se concederan 8 jornadas de trabajo,computandose para ello un festivo o libre.
Un saludo.
Julián.
juli- Invitado
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